Se puede renunciar a parte de una herencia

Hace varios días recib? un correo electrónico, en el asunto estaba una pregunta: ¿Puedo renunciar a parte de mi herencia?. Es una pregunta bastante recurrente as? que qu?date a leer porque te dar? detalles sobre este tema.

Me encanta estar en comunicación con ustedes. Recibo emails a diario de personas que me buscan para que les ofrezca mi asesoría como abogado especialista en herencias.

Pero antes de entrar en el tema, te dir? que esta es una de las dudas más frecuentes en materia de sucesiones.

¿Puedo renunciar a parte de mi herencia?

Las herencias por lo general generan conflictos de familia, se trata pues, no solamente de recibir un patrimonio, al aceptar una herencia se aceptan los bienes y se reciben las deudas del causante.

Si optas por repudiar una herencia (después de analizar muy bien tus circunstancias) podrías estar evitándote muchos dolores de cabeza.

¿Por qu? te digo esto? Porque puede ser que recibas más deudas que beneficios.

Además, este no sería el único motivo.

También es posible renunciar por liberalidad.

En el caso de mi (ahora cliente), ál me coment? a través del email que su situación socioecon?mica es buena, es propietario de una vivienda, tiene un trabajo medianamente estable y un colchón de seguridad.

Me explic? que en la herencia hay tres partes:

  • Un hijo (50%) que es mi cliente y
  • Dos nietos 25% cada uno.

La misma est? conformada por una cuenta corriente y una vivienda.

ál no necesita el inmueble, en cambio, los nietos (sus sobrinos) s?, pues el padre de estos (es decir, el hermano de mi consultante, que est? fallecido) no les dejo vivienda a sus hijos (viven con la madre alquilados en un piso).

Por esta razón mi cliente est? interesado en repudiar una parte de la herencia (quiere repudiar la vivienda), para beneficiar a sus sobrinos.

En respuesta al email, le coment? que no es posible renunciar parcialmente a la misma.

O se repudia una herencia o se acepta en su TOTALIDAD. No es posible elegir con qu? te quedas.

Te explico más.

No se puede repudiar parcialmente a una herencia

Según expresa el Código Civil, la aceptación y repudiación de una sucesión es un acto voluntario y libre. Esto quiere decir que si los herederos lo desean pueden renunciar a su herencia.

Ahora bien, una herencia no puede ser repudiada ni en parte, ni condicionalmente y después de haber sido repudiada, es irrevocable.

Solamente existe una excepción, y es el caso de que algún bien hubiese sido dejado como legado.

En este caso puede renunciarse al legado más no a la herencia.

En el caso planteado por email

Le expliqu? a la persona que no puede renunciar a la vivienda que hered? de su padre para dej?rsela a sus sobrinos.

Si ál desea repudiar la sucesión debe hacerlo totalmente, es decir, estar? repudiando la vivienda y la cuenta corriente bancaria.

Me respondi? en otro email que le parec?a estupendo, estaba dispuesto a dejarle todo a sus sobrinos.

A esto le contest? que su decisión de repudiar la herencia debía hacerla de manera expresa a través de escritura pública ante Notario.

Desde ese momento comenzamos a gestionar su proceso de repudiación a la herencia.

Sólo es válida la repudiación de una herencia ante Notario.

Recomendaciones

Si requieres asesoría en el proceso de gestión de una herencia o de aceptación de esta no dudes en contactarnos.

Somos abogados especialistas en herencias y estamos a tu disposición.

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Angel Seisdedos

Escrito por

Ángel Seisdedos

Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor

Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.