¿Son bienes gananciales las herencias en España?
Una de las preguntas más comunes que nos llegan a nuestro despacho son sobre si las herencias se consideran bienes gananciales o bienes privativos.
En este artículo vamos a resolver esta cuestión y otras relacionadas con la legislación vigente sobre herencias en España.
¿La herencia se considera un bien ganancial?
La herencia se considera un bien privativo del heredero. Esto significa que el heredero es el propietario único de los bienes heredados y puede disponer de ellos como desee.
No hay excepciones a esta regla. Si tú recibes la herencia de tus padres es sólo tuya.
Pero primero:
¿Qué diferencia hay entre un bien ganancial y un bien privativo?
En España, existen dos tipos principales de régimen matrimonial: gananciales y privativos.
Bajo el régimen de gananciales, los bienes adquiridos por cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio son propiedad de ambos por igual.
Por otro lado, bajo el régimen de separación de bienes, cada cónyuge es propietario único de los bienes adquiridos por él o ella durante el matrimonio.
Esto no quiere decir que tengas que cambiar nada en notaría sobre tu régimen matrimonial cuando recibes una herencia ya que podrás tener el régimen de gananciales y a su vez tener bienes privativos.
En el caso de los bienes gananciales, ambos cónyuges tienen derechos iguales sobre ellos y, por lo tanto, ambos deben dar su consentimiento para su disposición.
Por otro lado, los bienes privativos son propiedad única de uno de los cónyuges y, en consecuencia, este puede disponer de ellos como desee sin necesidad del consentimiento del otro.
¿Cómo afectan los bienes matrimoniales a la herencia?
Cuando uno de los cónyuges fallece, el otro cónyuge no hereda todos sus bienes.
En ese momento el régimen matrimonial se extingue y la parte de los bienes que corresponden a la parte fallecida pasan directamente a sus herederos legales, los hijos (si tiene)
Si la propiedad en cuestión es un bien ganancial, el otro cónyuge tendrá derechos sobre su parte.
Sin embargo, si se trata de un bien privativo, el otro cónyuge no tendrá ningún tipo de derechos sobre él y el heredero será el propietario único.
¿Qué ocurre con los bienes gananciales y herencia de un cónyuge?
Hecha la extinción de gananciales, el cónyuge que sobrevive tendrá en su poder la mitad de los bienes que le corresponden de su comunidad de gananciales.
Conclusión
En general, la herencia se considera un bien privativo del heredero, sin excepciones.
Si el fallecido tenía un régimen matrimonial de gananciales, hay que hacer la liquidación del régimen de gananciales.
Salvo que el testamento recoja otra cosa, el otro cónyuge no tiene derechos sobre ellos y necesitará su consentimiento para su disposición.
Hay que tener en cuenta el régimen matrimonial al considerar la herencia y buscar asesoramiento legal si tienes dudas sobre tus derechos y opciones.
Me llamo Ángel Seisdedos, soy abogado especialista en herencias y sucesiones, habilitado como contador partidor de herencias, además de ser la persona que dirige este despacho.
Estudié Derecho en la Universidad Isabel I de Castilla, también hice el Máster en Acceso a la Abogacía en la misma facultad.
Tras varios años dirigiendo una asesoría fiscal he ayudado a muchas familias en sus procesos hereditarios.