Cómo se reparten los gastos de una herencia

Recibir una herencia no es gratis. Existen distintos impuestos y gastos que hay los herederos deben asumir. 

1. Gastos

  • Honorarios del Notario por la elaboración y firma de la escritura de declaración de herederos.
  • Honorarios del Registrador de la Propiedad para el caso en que se hereden bienes inmuebles y haya que inscribirlos en el citado registro. 
  • Abogado especialista en herencias para todos los trámites por lo que tendrán que pagar sus honorarios. 
  • Documentos como el Certificado de Actos de Última Voluntad para saber si hay o no testamento, o Notas simples en el Registro d.e la Propiedad si hay inmuebles. Estos gastos también se deberán repartir entre los coherederos. 

2. Impuestos

  • Impuesto de sucesiones: Es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas por lo que la cantidad a pagar dependerá de la normativa aplicable en cada comunidad.
  • Plusvalía municipal: Se pagará en el caso en que haya bienes inmuebles en la herencia

¿Todos los herederos pagan lo mismo?

Cuando hay un heredero universal y éste hereda todo el patrimonio, se hará el responsable de todos los gastos, pero cuando hay más de un heredero se reparten de forma diferente para poder tramitar la herencia. El pago de cada uno depende de varios factores:

1.- Porcentaje heredado: Siempre y cuando la herencia se repartiera a partes iguales los herederos tendrían que pagar los impuestos a partes iguales. En el caso de que los porcentajes sean diferentes, cada heredero pagará conforme a su parte heredada.; por lo tanto, dependerá del valor que reciba.

En este punto los herederos tendrán que acordar el valor del patrimonio heredado, y una vez que esto está hecho tendrán que hacer frente a los gastos dependiendo de ese valor acordado.  Una vez lleguen todos los herederos a un acuerdo se pagará el Impuesto de Sucesiones y gastos de notarías y registros. En el caso de las plusvalías municipales el valor se calcula dependiendo del suelo y el catastro, no de valoraciones de los interesados en la herencia.

2.- Grado de parentesco. El importe a pagar también dependerá del parentesco. El porcentaje varía según el grado de consanguineidad del heredero con el causante (fallecido). Existen reducciones por parentesco en el Impuesto de Sucesiones y generalmente se reduce la cuantía a pagar cuanto mayor es ese grado de consanguineidad. Hay casos en los que se elimina este impuesto. Cuanto más lejano es el parentesco, más elevado es el porcentaje que se paga.

3.Comunidad Autónoma. El Impuesto de Sucesiones es competencia autonómica, cada autonomía regula la cuantía y el porcentaje a pagar y existe una gran diferencia entre una comunidad u otra. Hay que tener en cuenta que la Comunidad donde se pague es donde el causante tenía su residencia habitual no importando donde residen los herederos. Por lo tanto este reparto de impuesto dependerá de cada región, y como bien es sabido el tributo a pagar es muy diferente dependiendo de la Comunidad Autónoma. 

En Leggado realizamos los trámites tributarios por usted y calculamos la parte que deberá pagar cada heredero para que reciba su herencia sin complicaciones.

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Me llamo Ángel Seisdedos, soy abogado especialista en herencias y sucesiones, habilitado como contador partidor de herencias, además de ser la persona que dirige este despacho.

Estudié Derecho en la Universidad Isabel I de Castilla, también hice el Máster en Acceso a la Abogacía en la misma facultad.

Tras varios años dirigiendo una asesoría fiscal he ayudado a muchas familias en sus procesos hereditarios.