El Gobierno reforma el Impuesto de Sucesiones y te costará más heredar en 2022

La Ley antifraude fiscal trae cambios en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones a partir de 2022 por lo que si heredas en 2022 te costará más dinero.

Con motivo de la pandemia y la covid-19 en España se han multiplicado por dos las sucesiones. Con más de 80.000 fallecidos en este último año y medio, las sucesiones se han incrementado y con ellas el ingreso en las arcas públicas gracias al Impuesto de Sucesiones.

La nueva Ley Anti Fraude Fiscal que entrará en vigor dentro de unos días, lleva consigo importantes cambios sobre el Impuesto de sucesiones. Dentro de este paquete de medidas que pretenden perseguir el blanqueo de capitales modificará (entre otros) algunos aspectos relativos a las herencias.

El Valor Catastral, el nuevo indicador del valor de la trasmisión

Anteriormente a esta reforma se podía adjudicar la vivienda por el valor que los herederos quisieran.

Ese cambio normativo lleva consigo una estipulación del valor de la vivienda, por lo que al heredero no se le permitirá poner el valor de adjudicación que estime y será la Dirección General del Catastro la encargada de valorar el bien inmueble.

Como abogados de herencias, entendemos que esta medida, lejos de luchar contra el Fraude Fiscal, llega tarde y mal. Ya que las Comunidades Autónomas (las encargadas de recudar este impuesto) han venido revisando los valores de adjudicación y adecuándolos al Valor Catastral más un coeficiente regulador.

Por otro lado, esta modificación lo que sí nos trae es seguridad jurídica a los herederos y lo que parece un marco estandarizado para todas las Comunidades Autónomas.

Con esta medida en vigor, no hará falta inspección ni comprobación de valores por parte de la Agencia Tributaria Autonómica ni tampoco tablas ni calculadoras de coeficiente regulador.

Pero estas modificaciones no terminal aquí.

Dentro del paquete de medidas que afectan al Impuesto de Sucesiones, también se incluyen cambios según el lugar donde se hereda.

Herencia de no residentes en España: Se aplicará la norma de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el bien con mayor valor de cara a la sucesión.

Herencia con heredero extranjero: Se aplicará la norma de la comunidad Autónoma donde hubiera residido el fallecido.

Herencia fuera de España pero heredero residente en España: Se aplicará la norma de la Comunidad Autónoma donde residan los beneficiarios de la herencia.

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Me llamo Ángel Seisdedos, soy abogado especialista en herencias y sucesiones, habilitado como contador partidor de herencias, además de ser la persona que dirige este despacho.

Estudié Derecho en la Universidad Isabel I de Castilla, también hice el Máster en Acceso a la Abogacía en la misma facultad.

Tras varios años dirigiendo una asesoría fiscal he ayudado a muchas familias en sus procesos hereditarios.