¿Cómo impugnar un testamento?

Impugnar testamento

La impugnación del testamento permite modificar las disposiciones que dejó el causante en su testamento.

La libertad de testar está reconocida en nuestro ordenamiento jurídico, sin embargo, están establecidos determinados derechos sucesorios imperativos.

Por lo tanto, este procedimiento te permite hacer valer tus derechos sucesorios en caso de que hayas sido excluido de la transmisión. Además,  puedes promover la impugnación del testamento en situaciones en que este deba anularse.

Un heredero inconforme puede impugnar

Que un heredero no esté conforme con el contenido del testamento otorgado por el difunto es algo más común de lo que puedas imaginar.

Asimismo, algunos testamentos carecen de los requisitos formales que exige la ley.

En cualquiera de estos supuestos, si tú cómo heredero estás en desacuerdo con un testamento, puedes solicitar la impugnación del mismo.

De tal manera que, si tus derechos sucesorios no te han sido respetados por el testamento, tú puedes ejercitarlos (dependiendo de tu relación con el causante).

📌 Si no se han respetado tus derechos sucesorios puedes ejercitarlos impugnando el testamento

Por tal razón debes conocer qué es un heredero forzoso: El heredero forzoso es aquel que tiene derecho heredar la legítima (esta queda fuera del alcance de la voluntad del testador).

Me refiero a: hijos y descendientes, padres y ascendientes, cónyuge supérstite no separado.

 ¿Qué es la impugnación de un testamento?

La impugnación de un testamento es un procedimiento civil a través del cual se puede expresar el desacuerdo que se tiene con lo estipulado por su testador (en su totalidad, o en parte del mismo).

Por medio de la impugnación se manifiesta no estar de acuerdo con:

  • La voluntad del difunto. Se pueden incluir las disposiciones testamentarias que afecten los derechos legítimos
  • La manera de otorgamiento. Incluye defectos formales o vicio en la voluntad del testador.

No obstante, para Impugnar un testamento, el heredero debe fundamentarse en algunas de las causas que prevé la legislación en materia de herencias.

En caso de concurrir alguna de las causas legales, es posible impugnar un testamento solicitando su anulación, y en caso de tener el amparo de la ley este podrá ser cambiado (para hacer que se cumplan todos los derechos sucesorios). En aquellos casos más radicales, se anulará el testamento.

¿Quiénes pueden impugnar un testamento?

Los herederos que no estén protegidos por la legislación hereditaria, pueden impugnar un testamento.

Si deseas impugnar un testamento, debes basarte en alguna de estas causas que detallaremos a continuación.

Preterición

Quizás desconozcas el término pero no es más que, cuando el testador no incluye a un legitimario o heredero forzoso en el testamento. Para entender la razón hay que recordar los caudales hereditarios que se dividen en 3 aspectos: legítima, mejora y libre disposición.

Los testadores no pueden privar de otorgar la herencia a los herederos forzosos. Solo pueden hacerlo cuando ocurre un caso que sea expresado y argumentado basándose en la ley.

Tampoco puede ocurrir que un testador omita en su testamento a alguna persona legitimaria, en caso de ser así, esa persona desplazada podrá impugnar sin inconvenientes la herencia.

Debo destacar que la preterición cuenta con 2 cortas realizaciones:

  • Cuando es intencional, es decir que el testador, para el momento de la realización del testamento, estaba consciente de que estaba omitiendo a un heredero.
  • Y cuando su razón no es intencional o es errónea. Como cuando se omite a un heredero forzoso, por privacidad, y más que todo por la ignorancia del testador.

Irrespeto a las cuotas de legítima

Existe la posibilidad de que ocurra que el testador no haya cancelado en totalidad la legítima a un heredero forzoso. En esta situación la persona opta por impugnar el testamento, y a su vez realizar el cobro de su parte completa.

Incapacidad del testador

Cuando el testador es una persona que está incapacitado judicialmente, puede que la persona encargada de la tutela quiera cambiar el testamento. Podrá quizás nombrarse por sí mismo como heredero universal, luego de haber convencido a su progenitor.  

Aunque es un caso no recurrente, si sucede, el resto de herederos simplemente deberá alegar por la verdad. Demostrar que el testador no cuenta con la capacidad legal para otorgar un testamento, y que por lo tanto no tiene validez.

Una persona incapacitada judicialmente es alguien menor de los 14 años de edad. También puede ser una persona determinada como mentalmente inestable, lo que no le permite decidir o actuar de manera acorde y correspondiente a sus intereses.

Estas personas suelen ser de fácil manipulación o convencimiento así que cualquiera de los otros herederos (si no están de acuerdo con el testamento) podrán solicitar la impugnación del testamento.

Por otra parte si no poseen un argumento médico que demuestre su estado, serán expertos los que deberán evaluar la supuesta incapacidad, siempre y cuando el testador se encuentre aún en vida.

Víctima de amenazas, intimidaciones, violencia o fraude

Si el testamento es realizado bajo influencias violentas de una persona externa, se cataloga como un testamento condicionado externamente. Su contenido no es fiable, por lo tanto es nulo.

En el Código Penal español la extorsión es considerada como un delito, lo que, en materia de herencias y testamentos, se considera como: un acto delictivo que quiere condicionar la libertad de testar.

Si ocurre el caso de una extorsión con violencia física, a parte de anular el testamento, la persona que realizó el delito será puesto a la justicia para ser castigado.

Desheredación injusta

Puede ocurrir que el testador decida desheredar sin causas probables o justas a alguien. Por carecer de causas o razones legales el desheredado puede proceder a exigir la invalidación del testamento.

Mal redacción del testamento

Se trata cuando el testamento cuenta con defectos de redacción por parte del testador. Es por eso que hay que destacar que las formas más habituales y correctas de otorgar un testamento son:

  • Un testamento abierto en donde el testador hace manifiesto de su voluntad ante un Notario y este se encarga de redactarlo.
  • Un testamento cerrado realizado también ante un Notario pero redactado por la misma persona.
  • Y un testamento ológrafo que es cuando lo redacta el testador sin intervenciones.

¿El testador puede prohibir la impugnación de su testamento?

No. El testador no puede prohibir que su testamento sea impugnado (según el artículo 675 del Código Civil).

⚠️ El testador no puede prohibir que su testamento sea impugnado

Pero sí puede establecer que el heredero que impugne reciba lo que le corresponde por legítima estricta (cautela socini).

En este punto es interesante que se comente sobre «la legítima»

La legítima

Es la parte del caudal hereditario que por ley es reservado a los herederos forzosos.

Pueden distinguirse dos tipos de legítima:

  • Legitima estricta (o larga) Representativa del tercio del caudal hereditario, está reservado a los descendientes (si los hay). Se reparte de manera proporcional entre los legitimarios.
  • Legitima larga. Representa otro tercio del caudal editar y que también es reservado a descendientes.

No obstante, el testador puede repartir este como desee siempre y cuando los destinatarios sean los legitimarios.

En otras palabras, cuando existen hijos o descendientes el testador solamente puede repartir el tercio libre de disposición.

Con relación al tercio de mejora puede distribuirlo como prefiera siempre que esté quede entre los legitimarios.

En cuanto al tercio de legítima estricta este corresponderá por partes equitativas a estos.

Ahora bien si el testador llegasen cumplir con este sistema de reparto, el legitimario podrá hacer la impugnación del testamento.

¿Cuál es el plazo de impugnación de un testamento?

El plazo de impugnación de un testamento es de 15 años, contados desde el fallecimiento del testador o a partir de que el heredero reciba la copia autorizada del testamento que ha impugnado.

📌 El plazo de impugnación del testamento es de 15 años

¿Dónde se inicia el procedimiento judicial para impugnar un testamento?

Si deseas impugnar un testamento debes presentar una demanda judicial ante el Juzgado de Primera Instancia, correspondiente al sitio de fallecimiento del testador.

En este proceso es obligatorio el acompañamiento y la intervención de un Abogado que preferiblemente sea especialista en materia hereditaria, y un Procurador.

Por otra parte, hay que mencionar que el plazo para la impugnación del testamento  es de 15 años que empiezan a contar desde el día que el testador fallece, Aunque también desde el momento en que el heredero recibe la copia autorizada del testamento que desea impugnar.

Sin embargo si te encuentras en Cataluña, deberás realizar un proceso de impugnación distinto a diferencia del resto de España. Esto se debe a que allí se rigen por su Código Civil propio.

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Me llamo Ángel Seisdedos, soy abogado especialista en herencias y sucesiones, habilitado como contador partidor de herencias, además de ser la persona que dirige este despacho.

Estudié Derecho en la Universidad Isabel I de Castilla, también hice el Máster en Acceso a la Abogacía en la misma facultad.

Tras varios años dirigiendo una asesoría fiscal he ayudado a muchas familias en sus procesos hereditarios.

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