¿Cómo renunciar a una herencia?
Lo m?s probable es que la primera pregunta que se hagan al leer el t?tulo del tema a tratar hoy, sea ?y es que acaso a alguien se le ocurre o necesita renunciar a una herencia?, y no necesitar?s leer m?s abajo para responderte de una vez que s?. En algunos casos, las herencias suelen atraer inconvenientes o problemas entre los herederos, por lo que prefieren acudir a la renuncia.
Si formas parte de ese porcentaje de personas que necesitan saber c?mo renunciar a una herencia, o simplemente deseas saber el por qu? renunciar a una herencia, te traigo en esta oportunidad la informaci?n que necesitas respecto a esto.
Si bien hemos comprendido que una herencia es un proceso complejo por las circunstancias en las que se realizan (cuando una persona fallece) especialmente cuando el valor de los bienes heredados es alto o cuando existe un grupo variado de herederos. Tambi?n puede pasar cuando no existe un testamento y las personas con relaci?n al fallecido desean convertirse en herederos, en fin.
La mayor?a de las personas que no han sido instruidas sobre este tema, piensan que al recibir una herencia solo se trata de un aumento de bienes muy beneficioso, lo que no entienden es que en la adquisici?n del patrimonio tambi?n se adquiere toda la carga legal y las deudas que lo heredado contenga.
Repudiar una herencia
Usando el t?rmino correcto en materia jur?dica, repudiar una herencia se convierte en la mejor manera de eliminar conflictos y dolores en tu vida. Una de las razones principales es cuando la adquisici?n del bien le genera al heredero m?s deudas que los beneficios.
Otra raz?n o porqu?, es cuando se desea repudiar por liberalidad, por ejemplo cuando alguno de los herederos prefiere otorgar el beneficio completo de su parte a alg?n otro heredero. De igual manera puede solicitarse cuando el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o el Impuesto Municipal del bien heredad, tiene un valor muy alto.
En los casos de casas en ruina, terrenos abandonados o patrimonios en descuido, que su mejor?a o revalorizaci?n sale m?s costosa, la persona tambi?n prefiere recurrir a la repudia o renuncia de la herencia.
Sin embargo, en materia jur?dica tambi?n existe un t?rmino denominado derecho a deliberar y no es m?s que el derecho a examinar el estado de la herencia para as? tomar una decisi?n de su aceptaci?n o repudio.
?Qu? hacer para renunciar a una herencia?
La mayor?a de las veces la repudia de la herencia se realiza ante un Notario, aunque tambi?n puede hacerse por v?a judicial. Para explicar c?mo renunciar a una herencia debo recordar que la herencia se otorga ?nicamente al momento del fallecimiento del testador, lo que se traduce en que toda decisi?n referente a la aceptaci?n o no de ella deber? ser tomada desde que ocurre el hecho lamentable.
Este proceso no es para nada complicado, solo la persona deber? dirigirse a una notar?a y realizar la renuncia. Sin embargo debe tomar en cuenta que existen factores que puedan irrumpir el criterio general de las sucesiones a nivel de Derecho en el territorio espa?ol, como lo son las variaciones en ciertas Comunidades Aut?nomas o incluso los Derechos Forales con salvaciones regionales (Catalu?a, Navarra, Galicia, Arag?n y Euskadi).
Aceptaci?n de la herencia sin constancia del heredero
Entre algunos de las violaciones de los criterios que menciono anteriormente, se encuentra un supuesto de aceptaci?n t?cita de la herencia, es decir, que a pesar de que el heredero no realice la aceptaci?n de la herencia a trav?s de un proceso formal en notar?a, con la realizaci?n de actos relacionados con el tema se presume que es el due?o del bien.
Pero esto no es completamente v?lido porque la persona es la ?nica con potestad de aceptaci?n o en su defecto, rechazo de la herencia, ya que tambi?n debe demostrar que se encuentra en el testamento del difunto o pertenece a uno de los niveles de herederos familiares.
No puede existir una suposici?n de aceptaci?n porque para poder recibir la herencia, la persona debe presentar pruebas o argumentos como certificado de nacimiento, DNI y adem?s aportar testigos sobre su relaci?n con la persona fallecida.

Escrito por
Ángel Seisdedos
Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor
Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.


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