Sucesiones y Donaciones en Andalucía: qué revisar en 2026

Para comparar una herencia y una donación en Andalucía, separa quién recibe, qué bien se transmite y cuándo se produce la adquisición. La Ley 5/2021 regula reducciones y bonificaciones, pero las condiciones de una modalidad no se trasladan automáticamente a la otra.

Herencias y familiares directos

El artículo 39 contempla una bonificación del 99 % de la cuota para los grupos I y II y las equiparaciones previstas. El artículo 28 regula la mejora de la reducción por parentesco. Son operaciones diferentes dentro del cálculo del impuesto.

Para preparar una liquidación por fallecimiento, consulta la guía actual de Sucesiones en Andalucía.

Donaciones: revisa los requisitos de 2026

El artículo 40 regula la bonificación del 99 % en donaciones para los grupos y equiparaciones que contempla. Se aplica sobre la parte de cuota correspondiente a bienes y derechos declarados en los términos del precepto.

Desde 2026, la regulación distingue formalidades según el bien y el importe. Para determinadas transmisiones cuya eficacia no exige documento público, utiliza un umbral de 5.000 euros con cómputo de operaciones de tres años. En donaciones de dinero o activos financieros que superen ese umbral, exige la formalización en los términos y plazo que establece, además de justificar y expresar el origen de los fondos.

Antes de transferir, comprueba el supuesto completo del artículo 40. Una donación de inmueble tiene también sus propias exigencias civiles y no debe tratarse como una entrega informal de dinero.

Qué costes hay que comparar

  • Sucesiones o Donaciones de quien adquiere.
  • Posible ganancia patrimonial del donante en el IRPF.
  • Plusvalía municipal, cuando proceda.
  • Notaría, registro y otros gastos necesarios.
  • Condiciones de mantenimiento de los beneficios elegidos.

Decidir pensando en tu patrimonio

Además de los impuestos, revisa qué necesitas conservar para vivir, si quieres mantener el uso de una vivienda y cómo afecta la operación a otros legitimarios. Un ahorro aislado puede no compensar perder el control de un bien que todavía necesitas.

Consulta planificación hereditaria y cómo preparar el testamento.

Fuente: Ley 5/2021 de Andalucía, artículos 26, 28, 39 y 40.

Contenido revisado el 24 de septiembre de 2026. Ángel Seisdedos Gavira, abogado, ICA Sevilla 15.891.

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Angel Seisdedos

Escrito por

Ángel Seisdedos

Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor

Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.

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