Certificado de defunción

El certificado de defunción del Registro Civil acredita oficialmente el fallecimiento. Es uno de los primeros documentos que necesitas para tramitar una herencia. Conviene distinguirlo del certificado médico de defunción: cumplen funciones diferentes y uno no sustituye al otro en todos los trámites.

Qué certificado necesitas

Antes de pedirlo, consulta al organismo destinatario qué modalidad exige. En una herencia suele utilizarse la certificación literal, que reproduce los datos de la inscripción. Revisa que el nombre, apellidos y fecha correspondan a tu familiar, especialmente si existen diferencias entre documentos o varias personas con nombres parecidos.

El certificado no identifica por sí solo a los herederos, no contiene un testamento y no acredita quién es propietario de una vivienda. Sirve para acreditar el fallecimiento dentro de un expediente que necesitará otros documentos.

Cómo solicitarlo

La sede electrónica de Justicia ofrece la solicitud con identificación electrónica y una vía sin identificación mediante Cl@ve. La disponibilidad de los datos determina si puede emitirse de inmediato o si se indican otras instrucciones. En la vía sin identificación, la sede prevé el envío por correo ordinario.

Prepara los datos del fallecido y, si los conoces, los de la inscripción. Introducir una localidad o una fecha equivocada puede impedir localizarla. Guarda el justificante para consultar o acreditar tu solicitud.

Qué hacer si no aparece la inscripción

Comprueba los datos y sigue las indicaciones del Registro Civil competente. Un fallecimiento reciente puede requerir que concluya antes su inscripción. Si ocurrió en el extranjero, habrá que examinar la documentación extranjera y, cuando proceda, la inscripción consular o en el Registro Civil español, la traducción y la legalización o apostilla.

No des por perdido el trámite por una búsqueda electrónica sin resultado. Conserva el mensaje recibido y explica al registro qué documento necesitas y para qué procedimiento.

Qué viene después

Con el fallecimiento acreditado, el siguiente paso suele ser obtener el certificado de últimas voluntades y revisar los seguros de cobertura de fallecimiento. Para esas solicitudes existe un plazo de espera específico que no debe confundirse con la obtención del certificado de defunción.

Organiza una carpeta con los certificados originales o documentos electrónicos verificables. Si remites una copia a un banco o una notaría, conserva el archivo completo y su código de verificación. Evita fotografías recortadas que dejen fuera parte de la información.

Consulta la guía de trámites de una herencia para saber qué documento resuelve cada paso y qué plazos debes controlar.

Contenido revisado el 24 de septiembre de 2026. Ángel Seisdedos Gavira, abogado, ICA Sevilla 15.891.

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Angel Seisdedos

Escrito por

Ángel Seisdedos

Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor

Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.

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