Certificado de Últimas Voluntades: Para Qué Sirve y Cómo Obtenerlo
El certificado de últimas voluntades es el documento que acredita si una persona fallecida otorgó testamento y, en su caso, ante qué notario. Es uno de los primeros trámites que deben realizar los herederos tras el fallecimiento, ya que sin él no pueden obtener el testamento ni iniciar el proceso sucesorio. En Leggado Abogado de Herencias, Ángel Seisdedos gestiona la obtención de este documento como parte del servicio integral de tramitación de herencias.
¿Qué información contiene el certificado?
El certificado expedido por el Registro General de Actos de Última Voluntad (dependiente del Ministerio de Justicia) indica si el fallecido otorgó testamento y, si lo hizo, la fecha del testamento más reciente y el nombre del notario ante quien se otorgó. Solo se muestra el último testamento válido, ya que los anteriores quedan automáticamente revocados. Si el fallecido no otorgó testamento, el certificado lo hace constar expresamente.
¿Cómo se obtiene el certificado?
El certificado de últimas voluntades puede solicitarse de tres formas: de forma presencial en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia más cercana; por correo postal enviando el formulario modelo 790 con la tasa correspondiente; o de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia si se dispone de certificado digital. El plazo mínimo para solicitarlo es de quince días hábiles desde el fallecimiento, ya que el Registro necesita tiempo para procesar la inscripción del fallecimiento.
Documentación necesaria para la solicitud
Para solicitar el certificado es necesario presentar el formulario modelo 790 (código 006), el justificante del pago de la tasa (actualmente 3,78 €) y el certificado de defunción original o compulsado. El solicitante puede ser cualquier persona interesada, no es necesario acreditar la condición de heredero. El certificado se expide en el plazo de diez días hábiles desde la recepción de la documentación completa.
Qué hacer con el certificado: obtener el testamento
Una vez obtenido el certificado de últimas voluntades, si consta la existencia de testamento, el siguiente paso es acudir al notario indicado en el certificado para obtener una copia autorizada del testamento. Esta copia solo puede ser solicitada por los herederos, legatarios o cualquier persona con interés legítimo acreditado. En Leggado Abogado de Herencias, Ángel Seisdedos realiza todas estas gestiones de forma ágil para iniciar cuanto antes la tramitación de la herencia.
Guía completa relacionada
Para una visión completa sobre este tema, te recomendamos consultar nuestra guía principal: Cómo Tramitar una Herencia en España: Guía Completa.

Escrito por
Ángel Seisdedos
Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor
Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.

