Cómo afecta la donación a la futura herencia: colación e imputación
Donaciones en vida y herencia futura
Cuando un padre dona un bien a uno de sus hijos en vida, esto puede tener consecuencias directas en el reparto de la futura herencia. La ley establece un mecanismo llamado colación para garantizar la igualdad entre herederos, salvo que el donante haya expresado voluntad contraria.
Ángel Seisdedos, de Leggado Abogado de Herencias, advierte que muchas disputas familiares tras el fallecimiento de un progenitor tienen su origen en donaciones que no se comunicaron o no se documentaron correctamente.
Qué es la colación
La colación (arts. 1035 a 1050 CC) es la operación por la que los herederos forzosos que concurran en la herencia con otros herederos forzosos deben traer a la masa hereditaria los bienes que recibieron del causante como donación, para computarlos en su parte hereditaria. Es una forma de igualar las hijuelas entre coherederos.
Cuándo opera la colación
La colación opera por defecto cuando el donante no ha dicho expresamente que dispensa de ella. Si el padre dona 50.000 € a un hijo y no incluye la dispensa de colación en la escritura de donación o en el testamento, ese hijo deberá «traer» esos 50.000 € a la masa hereditaria al fallecimiento del padre, computándoselos en su parte.
La dispensa de colación
El donante puede dispensar de colación la donación realizada, lo que significa que el donatario no tendrá que computarla en su herencia. Esta dispensa puede hacerse en el propio acto de donación o en el testamento. Si la donación excede la legítima del donatario más la parte libre, el exceso será inoficioso y reducible (aunque no colacionable).
Imputación de las donaciones
Distinto de la colación es el mecanismo de imputación: las donaciones al heredero se imputan al tercio libre o al de mejora, según las instrucciones del donante. El testador puede ordenar que una donación se impute a la legítima estricta del donatario, a la mejora o al tercio de libre disposición, con diferentes consecuencias para el reparto final de la herencia.
Guía completa relacionada
Para una visión completa sobre este tema, te recomendamos consultar nuestra guía principal: Planificación Hereditaria: Cómo Proteger tu Patrimonio y el Futuro de tu Familia.
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Escrito por
Ángel Seisdedos
Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor
Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.

