Cómo saber si una herencia tiene deudas antes de aceptarla
Una casa y una cuenta bancaria no te dicen cuánto vale realmente una herencia. Falta saber qué se debe, a quién y con qué garantías. Antes de decidir, reúne documentos, pide información y separa las deudas confirmadas de las que todavía necesitan una comprobación.
En Derecho civil común, la herencia incluye las obligaciones que no se extinguen con la muerte. La aceptación pura y simple puede comprometer también tus propios bienes. Por eso interesa investigar antes de repartir saldos o disponer de lo heredado. Estas reglas se encuentran en los artículos 659 y 1003 del Código Civil.
Empieza por una carpeta de comprobaciones
Localiza las escrituras, los contratos de préstamo, los extractos, las declaraciones fiscales y las comunicaciones recibidas. Anota también los avales que recuerde la familia. Haber firmado como garante de otra persona puede ser relevante aunque el fallecido no estuviera pagando cuotas.
Prepara una tabla con cinco datos: acreedor, origen de la obligación, importe conocido, documento que lo acredita y comprobación pendiente. Identifica por separado una reclamación discutida y una deuda reconocida. La cifra que aparece en un recibo antiguo puede haber cambiado.
Qué pedir al banco
Acredita tu derecho a obtener información con la documentación sucesoria. El Banco de España identifica como documentación habitual el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento autorizado o la declaración de herederos. Consulta su criterio sobre acreditación.
Pide que se identifiquen los productos y las obligaciones del fallecido. Para cada préstamo, interesa conocer el contrato, el saldo, las cuotas pendientes, las garantías y si existe un seguro asociado. Solicita por escrito la información necesaria y conserva la respuesta. Si necesitas movimientos de un periodo concreto, explica para qué comprobación los pides.
El objetivo es reconstruir la situación económica. Una titularidad compartida de cuenta, un préstamo con varios deudores y un aval son relaciones distintas; cada documento debe estudiarse por separado.
Cómo pedir la CIRBE de una persona fallecida
El informe de la Central de Información de Riesgos recoge riesgos financieros declarados, como préstamos, créditos y avales. Quien acredita su derecho puede pedir información del fallecido al Banco de España. No necesita limitarse a obtenerla indirectamente del banco ni esperar a un requerimiento judicial.
La ficha oficial del trámite exige identificar al solicitante y aportar defunción, últimas voluntades y, según corresponda, copia autorizada del testamento o declaración de herederos. Para hijos, prevé que, en el supuesto indicado de ausencia de testamento, la declaración pueda sustituirse por una copia completa del libro de familia. Comprueba las instrucciones de presentación y representación antes de enviar la solicitud.
La CIRBE es una pieza del inventario. Su alcance depende de las operaciones y entidades sujetas a declaración y de las reglas aplicables. Un informe sin riesgos no acredita que el fallecido estuviera libre de cualquier deuda. Contrástalo con los contratos y con las respuestas de cada acreedor.
La novedad publicada el 30 de octubre de 2026
La Circular 1/2026 del Banco de España reorganiza la regulación de la CIR. Su entrada en vigor se produce a los veinte días de la publicación y contiene un régimen transitorio hasta el 1 de enero de 2027 para determinados límites de declaración. A fecha de esta revisión todavía no ha entrado en vigor. Esta novedad no convierte el informe en un inventario completo del pasivo hereditario ni permite resumir su alcance como «todos los préstamos superiores a 1.000 euros».
Hacienda, Seguridad Social y otras obligaciones
Revisa la situación tributaria del fallecido ante las Administraciones competentes, las declaraciones pendientes y las notificaciones. El artículo 39 de la Ley General Tributaria permite que se transmitan obligaciones devengadas aunque todavía no se hubieran liquidado. Las sanciones tributarias del fallecido no se transmiten a los herederos. Conviene distinguirlas de la deuda y de sus demás componentes. Fuente: artículo 39 LGT.
Si había una actividad profesional o empresarial, añade la situación ante la Seguridad Social, contratos con proveedores, nóminas y reclamaciones conocidas. Pide el procedimiento y la documentación necesarios para cada consulta. Un certificado concreto informa sobre su objeto y fecha; después pueden aflorar obligaciones que requieran liquidación o comprobación.
Inmuebles, vehículos y reclamaciones pendientes
Obtén información registral de los inmuebles y revisa las cargas que aparecen. Si existe hipoteca, contrasta la inscripción con el saldo que certifique la entidad: la responsabilidad hipotecaria y el dinero pendiente de pago son datos diferentes.
Para vehículos u otros bienes financiados, localiza el contrato y comprueba la información del Registro de Bienes Muebles que corresponda. Reúne también recibos, comunicaciones de la comunidad de propietarios y documentación sobre obras o suministros pendientes.
Si hay una demanda, un embargo o una reclamación, identifica el expediente y a los profesionales que intervenían. El acceso a un procedimiento exige acreditar la legitimación y seguir su cauce. Acudir a un juzgado no proporciona por sí solo una certificación de todos los litigios o deudas que pudiera tener el fallecido.
Cómo ordenar lo que descubras
| Documento | Qué comprobar | Qué queda por aclarar |
|---|---|---|
| Contrato y saldo de un préstamo | Deudores, capital pendiente, garantías y vencimientos | Seguro vinculado, incidencias y reclamaciones |
| Informe de riesgos | Entidades y operaciones declaradas | Obligaciones fuera de su ámbito y detalles del contrato |
| Información registral | Titularidad y cargas inscritas | Situación económica actual de cada obligación |
| Documentación fiscal y de actividad | Deudas, declaraciones y expedientes conocidos | Obligaciones todavía pendientes de liquidación o revisión |
Ejemplo hipotético: encuentras una vivienda hipotecada y el banco confirma el saldo del préstamo. La familia recuerda además un aval a favor del negocio de un hermano. Ese aval necesita su propia comprobación. Calcular el valor de la vivienda menos la hipoteca deja fuera un riesgo que puede influir en tu decisión.
Decide cómo aceptar cuando tengas el inventario y los plazos claros
El Código Civil permite aceptar pura y simplemente o a beneficio de inventario. También contempla formar inventario para deliberar antes de aceptar o repudiar. El beneficio de inventario limita el pago a los bienes hereditarios y mantiene separados ambos patrimonios, pero exige cumplir las formalidades y plazos legales. Una lista privada de bienes no lo sustituye. Artículos 1010, 1013 y 1023 del Código Civil.
Revisa desde el principio si ya tienes bienes hereditarios en tu poder, cuándo conociste tu llamamiento y qué actuaciones has realizado. El artículo 1014 del Código Civil establece un plazo de treinta días en el supuesto que regula; el inicio y la aplicación de los plazos necesitan examinar tu situación. Determinados actos pueden implicar aceptación tácita conforme al artículo 999 del Código Civil. Esperar a tener todas las respuestas sin revisar esos extremos puede perjudicarte.
Empieza por la guía de trámites de una herencia y amplía las opciones en aceptar una herencia con deudas. Si estás valorando la renuncia, revisa cuándo se puede renunciar antes de actuar.
El diagnóstico patrimonial de Leggado Check puede ayudarte a ordenar tu punto de partida. Si necesitas revisar las deudas, los documentos y los pasos que ya has dado, cuéntame tu situación.
Ángel Seisdedos · Revisión del borrador: 30 de octubre de 2026. Reglas civiles de Derecho común; las especialidades territoriales y sucesiones internacionales requieren determinar la ley aplicable. Las consultas bancarias y administrativas dependen de la legitimación, el objeto de la solicitud y las normas vigentes en cada fecha.

Escrito por
Ángel Seisdedos
Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor
Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.


Quiero hacer testamento tme gustaría saber que no tengo deudas
He tenido un negocio y aunque ya no existe desde 2007 no se si ha quedado alguna cuenta pendiente.
Hola María.
Es posible hacer una investigación previa antes y saber si se cuenta con deudas o no, ver si han prescrito etc…
Si necesitas ayuda cuenta conmigo, puedes escribirme a angel@leggado.es
Ángel