Cómo tributa una donación entre hermanos en España

Las donaciones entre colaterales: un trato menos favorable

Aunque pueda sorprender, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en España trata de forma muy diferente a los descendientes y ascendientes (Grupos I y II del art. 20 LSD) frente a los hermanos y otros colaterales (Grupo III). Las donaciones entre hermanos tributan con tipos más altos y tienen acceso a menores reducciones.

Ángel Seisdedos, de Leggado Abogado de Herencias, aclara a sus clientes que la carga fiscal de una donación entre hermanos puede ser considerablemente mayor que si el mismo importe fuera donado por un padre a un hijo.

Grupos de parentesco en el ISD

La Ley 29/1987 clasifica a los donatarios en cuatro grupos según el parentesco con el donante:

  • Grupo I: descendientes menores de 21 años. Reducción base estatal de 15.956,87 € más 3.990,72 € por cada año que le falte al donatario para alcanzar los 21.
  • Grupo II: descendientes de 21 o más años, cónyuge, ascendientes. Reducción base de 15.956,87 €.
  • Grupo III: colaterales de segundo y tercer grado (hermanos, sobrinos, tíos), ascendientes y descendientes por afinidad. Reducción base de solo 7.993,46 €.
  • Grupo IV: colaterales de cuarto grado o más y extraños. Sin reducción base estatal.

Tipos de la donación entre hermanos

Aplicando la tarifa estatal y los coeficientes multiplicadores del artículo 22 LSD para el Grupo III (patrimonio preexistente del donatario entre 402.678 y 2.007.380 €), los tipos efectivos de una donación entre hermanos pueden superar fácilmente el 30-40% del importe donado, dependiendo de la comunidad autónoma y del patrimonio del donatario.

Alternativas a la donación directa

Cuando se quiere transferir riqueza a un hermano, existen alternativas que pueden ser fiscalmente más eficientes: préstamos sin interés formalizados ante notario, contratos de uso o arrendamiento de bienes a precio de mercado, o estructuras societarias que permitan compartir rendimientos. Cada alternativa tiene sus propias implicaciones fiscales y jurídicas que deben analizarse con un especialista como Ángel Seisdedos de Leggado Abogado de Herencias.


Guía completa relacionada

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Angel Seisdedos

Escrito por

Ángel Seisdedos

Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor

Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.

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