Donación de Padres a Hijos: Cómo Afecta a la Herencia
Las donaciones en vida de padres a hijos son una herramienta habitual de planificación patrimonial, pero tienen consecuencias directas sobre la futura distribución de la herencia que muchas familias desconocen. En Leggado Abogado de Herencias te explicamos todo lo que necesitas saber antes de hacer una donación.
¿Qué es la colación?
La colación es la obligación que tienen los hijos que han recibido donaciones del padre o madre de traerlas a la masa hereditaria al tiempo de la partición, para que se tenga en cuenta en el cálculo de su cuota. Está regulada en los artículos 1035 a 1050 del Código Civil.
Su finalidad es garantizar la igualdad entre los herederos: si el padre donó en vida 50.000€ a uno de sus hijos, ese hijo deberá «traer» ese importe a la herencia para que los demás no se vean perjudicados.
¿Cuándo es obligatoria la colación?
La colación solo es obligatoria cuando concurren herederos forzosos (hijos o descendientes) y la donación fue hecha por el causante a uno de ellos. No opera si el donante expresó en la escritura de donación o en testamento su voluntad de que no se colacione (lo que se denomina dispensa de colación).
Imputación de donaciones a la legítima
Las donaciones hechas a los hijos se imputan a su parte de legítima. Esto significa que si un hijo ya ha recibido en vida mediante donación lo equivalente o más que su legítima estricta, no tendrá derecho a recibir más de la herencia. Esta imputación es automática, salvo que el testador disponga otra cosa en el testamento.
Consecuencias fiscales de donar a los hijos
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)
Las donaciones entre padres e hijos están sujetas al Impuesto sobre Donaciones, que es la modalidad inter vivos del ISD. El tipo impositivo varía enormemente según la comunidad autónoma: en Madrid y Andalucía, por ejemplo, las donaciones directas en efectivo a hijos tributan de forma muy beneficiosa gracias a las bonificaciones autonómicas. En cambio, en comunidades sin bonificaciones específicas la carga puede ser significativa.
IRPF del donante
El donante debe declarar la donación en su IRPF como ganancia o pérdida patrimonial. Si dona un bien que ha revalorizado desde su adquisición, tributa por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de donación, como si lo hubiera vendido. Este es uno de los aspectos fiscales más frecuentemente olvidados.
IRPF del donatario (el hijo)
El hijo no tributa en IRPF por lo recibido (ya lo hace por ISD), pero debe tener en cuenta el valor de adquisición a efectos de futuras transmisiones del bien donado.
¿Es mejor donar en vida o heredar?
No existe una respuesta universal. Depende de la comunidad autónoma (hay grandes diferencias en bonificaciones), del tipo de bien (dinero, inmueble, acciones), de la situación patrimonial del donante y del donatario, y de los objetivos de planificación familiar. En algunos casos, donar en vida es más eficiente fiscalmente; en otros, es preferible esperar a la herencia. La clave es hacer los números antes de actuar.
Conclusión
Las donaciones a hijos son una herramienta poderosa de planificación sucesoria, pero deben hacerse con conocimiento de sus efectos jurídicos y fiscales. Una donación mal planificada puede generar conflictos en la herencia y una factura fiscal inesperada. En Leggado Abogado de Herencias, Ángel Seisdedos analiza tu situación concreta y te diseña la estrategia más eficiente.
Guía completa relacionada
Para una visión completa sobre este tema, te recomendamos consultar nuestra guía principal: Planificación Hereditaria: Cómo Proteger tu Patrimonio y el Futuro de tu Familia.
📌 Guía relacionada: Donaciones en España: Guía Completa 2026 — Impuestos, Tipos y Ventajas Fiscales

Escrito por
Ángel Seisdedos
Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor
Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.

