Cómo modificar o revocar un testamento en España
El principio de revocabilidad del testamento
El testamento es un acto jurídico esencialmente revocable. El artículo 737 del Código Civil establece que todas las disposiciones testamentarias son revocables, y cualquier cláusula que declare irrevocable el testamento se tendrá por no puesta. Esta revocabilidad garantiza la libertad del testador para cambiar su voluntad en cualquier momento.
Formas de revocar un testamento
La revocación puede ser expresa o tácita:
- Revocación expresa: el testador otorga un nuevo testamento en el que declara expresamente que revoca el anterior. Es la forma más clara y recomendable.
- Revocación tácita: el testador otorga un nuevo testamento sin mencionar el anterior. Conforme al artículo 739 CC, el testamento posterior revoca en todo caso el anterior, salvo que el testador exprese su voluntad de que subsistan las disposiciones del antiguo en todo o en parte.
¿Se puede modificar parcialmente un testamento?
Sí. El testador puede otorgar un nuevo testamento que modifique solo determinadas disposiciones del anterior, declarando expresamente que el resto permanece vigente. Sin embargo, debe hacerse con mucho cuidado para evitar contradicciones entre ambos documentos que generen conflictos entre los herederos.
Ángel Seisdedos, de Leggado Abogado de Herencias, advierte que la modificación parcial es una fuente frecuente de litigios sucesorios: lo más aconsejable es otorgar un nuevo testamento completo que sustituya íntegramente al anterior, evitando así cualquier ambigüedad.
Procedimiento práctico para modificar o revocar
El procedimiento es idéntico al de otorgar un testamento nuevo. Basta con acudir ante notario con el DNI, solicitar un testamento nuevo y manifestar la voluntad de revocar el anterior. No es necesario presentar el testamento anterior ni ningún otro documento. El notario comunicará el nuevo testamento al Registro de Actos de Última Voluntad, donde quedará inscrito como el último válido.
¿Qué ocurre con los testamentos anteriores?
Los testamentos anteriores no se destruyen ni desaparecen del Registro. Quedan inscritos con su fecha, pero el Registro reflejará que existe un testamento posterior. Al consultar el Registro tras el fallecimiento, los herederos obtendrán el último testamento válido. El Registro de Actos de Última Voluntad solo certifica la existencia del más reciente, aunque los anteriores puedan conservarse en el protocolo notarial.
Cuándo conviene revisar el testamento
Desde Leggado Abogado de Herencias recomendamos revisar el testamento ante cambios significativos en la vida del testador: matrimonio, divorcio, nacimiento de hijos o nietos, adquisición o venta de bienes importantes, cambios en la legislación fiscal autonómica, o fallecimiento de alguno de los herederos o legatarios designados.
Guía completa relacionada
Para una visión completa sobre este tema, te recomendamos consultar nuestra guía principal: Tipos de Testamento en España: Guía Completa 2026.

Escrito por
Ángel Seisdedos
Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor
Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.

