Herencia de Bienes en el Extranjero: Trámites en España
Cada vez es más frecuente que el causante haya acumulado bienes en el extranjero: inmuebles de vacaciones, cuentas bancarias en el exterior, fondos de inversión en otras jurisdicciones o participaciones en empresas internacionales. La gestión de estos bienes en el marco de una herencia española requiere coordinar procedimientos en varias jurisdicciones. En Leggado Abogado de Herencias, Ángel Seisdedos tiene experiencia en este tipo de herencias complejas.
Primero: determinar la ley aplicable a la herencia
El primer paso es determinar qué ley rige la herencia, conforme al Reglamento UE 650/2012 (para países de la UE) o las normas de Derecho Internacional Privado aplicables. Si el causante residía en España, la herencia global se rige por el Derecho español. Sin embargo, para los bienes situados en terceros países, esos países pueden aplicar su propia ley a los bienes que están en su territorio, especialmente inmuebles, lo que puede generar una doble aplicación legal.
Apostilla y traducción de documentos
Para que los documentos españoles (testamento, certificado de defunción, escritura de aceptación de herencia) tengan validez en el extranjero, deben estar apostillados conforme al Convenio de La Haya de 1961 o legalizados si el país no es signatario de dicho Convenio. Además, suelen requerir traducción jurada al idioma del país donde están los bienes. Los documentos extranjeros que deban utilizarse en España necesitan también apostilla o legalización y, en su caso, traducción jurada al español.
Cuentas bancarias en el extranjero
Para acceder a cuentas bancarias del causante en entidades extranjeras, los herederos deben presentar a cada banco los documentos de acreditación de su condición (normalmente el Certificado Sucesorio Europeo si es en la UE, o los documentos equivalentes para otros países), junto con el testamento apostillado y traducido, y justificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en cada jurisdicción. Algunos países exigen además la declaración del impuesto de sucesiones local antes de liberar los fondos.
Tributación de los bienes en el extranjero
Los herederos residentes en España deben declarar en el Impuesto sobre Sucesiones español los bienes situados en el extranjero (obligación personal de contribuir, art. 6 Ley 29/1987). Si ya han tributado por esos bienes en el país donde están situados, pueden aplicar la deducción por doble imposición internacional del artículo 23 de la misma ley. Esta deducción evita que el mismo bien tribute dos veces, aunque no siempre cubre la diferencia total de tipos entre ambas jurisdicciones. En Leggado Abogado de Herencias, Ángel Seisdedos coordina toda la gestión internacional para maximizar la eficiencia fiscal y minimizar las complicaciones procedimentales.
Guía completa relacionada
Para una visión completa sobre este tema, te recomendamos consultar nuestra guía principal: Herencias Internacionales: Guía Completa.

Escrito por
Ángel Seisdedos
Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor
Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.

