Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Galicia: Guía Completa

Galicia combina reducciones propias en Sucesiones con reglas específicas para determinadas transmisiones y pactos. Para calcular una adquisición, identifica primero su naturaleza, el parentesco, la normativa aplicable y la fecha. Una mejora sucesoria y una donación ordinaria no deben tratarse como operaciones idénticas.

Reducción por parentesco en 2026

El artículo 6 del Decreto Legislativo 1/2011, en su redacción vigente desde el 1 de enero de 2026, establece:

  • Grupo I, descendientes y adoptados menores de 21 años: 1.000.000 de euros más 100.000 por cada año de menos de 21, hasta 1.500.000 euros.
  • Grupo II, descendientes y adoptados de 21 años o más, cónyuges, ascendientes y adoptantes: 1.000.000 de euros.
  • Grupo III: 25.000 euros.
  • Grupo IV: sin reducción por parentesco.

El límite entre los grupos I y II es de 21 años, no de 25. Estas son reducciones en la base, no una exención general para cualquier patrimonio.

Atención a adquisiciones sucesivas del mismo causante

El artículo 6 también prevé que los importes de las reducciones por parentesco y discapacidad sean únicos para los hechos imponibles a los que se refiere entre la misma persona causante y causahabiente. En sucesivas adquisiciones hay que revisar cuánto se ha consumido antes. Este dato importa al coordinar pactos y posterior herencia.

Vivienda habitual y empresa

El artículo 7 regula la reducción por vivienda habitual con condiciones de parentesco, límites y mantenimiento. Para el cónyuge contempla una reducción del 100 % del valor incluido en la base, con el límite de 600.000 euros. Para los demás supuestos deben aplicarse las reglas específicas del precepto.

Las reducciones por actividad económica, participaciones y otras adquisiciones exigen comprobar sus requisitos y compatibilidades. Conserva la documentación y revisa cualquier venta o cambio posterior que pueda afectar al mantenimiento.

Donaciones y pactos sucesorios

No apliques automáticamente la reducción hereditaria de un millón de euros a una donación ordinaria. Hay que calificar el negocio y estudiar sus propias reglas fiscales. Si se utiliza un pacto sucesorio, comprueba la ley civil aplicable y las consecuencias de una futura transmisión.

Consulta pactos sucesorios y tributación posterior antes de comprometer una operación.

Documentación y plazos

Prepara título sucesorio, certificados, inventario, valores, deudas acreditadas y antecedentes de otras adquisiciones. La prórroga ordinaria de Sucesiones se solicita dentro de los cinco primeros meses; no debe dejarse para el final de los seis meses de presentación.

Fuentes: Decreto Legislativo 1/2011 de Galicia, artículos 6 y 7; Reglamento del impuesto, artículo 68. Vuelve al directorio territorial.

Contenido revisado el 24 de septiembre de 2026. Ángel Seisdedos Gavira, abogado, ICA Sevilla 15.891.

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Angel Seisdedos

Escrito por

Ángel Seisdedos

Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor

Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.

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