Testamento de extranjeros en España: normativa aplicable
Los extranjeros con bienes en España y el testamento
España es un destino de residencia y de inversión inmobiliaria para ciudadanos de toda Europa y del mundo. Cuando un extranjero reside en España o tiene bienes en nuestro país, surgen importantes cuestiones sobre qué ley rige su sucesión y qué forma debe adoptar su testamento.
Ángel Seisdedos, de Leggado Abogado de Herencias, atiende con frecuencia a clientes extranjeros residentes en España que desean ordenar su sucesión conforme a sus intereses.
El Reglamento europeo de sucesiones 650/2012
Desde el 17 de agosto de 2015, el Reglamento (UE) 650/2012 (conocido como Reglamento europeo de sucesiones) unifica las normas de conflicto de leyes en materia sucesoria para todos los Estados miembros de la UE (excepto Dinamarca e Irlanda). Sus principios fundamentales son:
- Ley aplicable: la ley de la residencia habitual del causante en el momento de su fallecimiento, salvo elección de ley.
- Professio iuris: el causante puede elegir expresamente en su testamento que se aplique la ley de su nacionalidad en lugar de la ley de su residencia habitual.
Professio iuris: una herramienta clave
Un ciudadano alemán residente en España puede incluir en su testamento una cláusula de professio iuris eligiendo que su sucesión se rija por la ley alemana. Esto puede ser ventajoso si la ley de su nacionalidad es más favorable a sus intereses (por ejemplo, si la legítima de su ley nacional es más flexible que la española). Esta elección debe hacerse expresamente en testamento.
Testamento de no residentes con bienes en España
Si un extranjero no residente tiene bienes inmuebles en España (una segunda vivienda, por ejemplo), al fallecer sus herederos deberán tramitar la herencia en España respecto de esos bienes. El Reglamento 650/2012 determina la ley aplicable, pero la tramitación en España requiere la intervención de un abogado local y la presentación de los documentos pertinentes (certificado de defunción apostillado, testamento o declaración de herederos del país de origen, etc.).
Consejo práctico
Si es usted extranjero residente en España o tiene bienes en nuestro país, es muy recomendable otorgar testamento ante notario español. Esto simplificará enormemente la tramitación de su herencia y evitará costosos procedimientos de reconocimiento de documentos extranjeros. En Leggado Abogado de Herencias le asesoramos en español, inglés y con conocimiento de la normativa europea e internacional aplicable.
Guía completa relacionada
Para una visión completa sobre este tema, te recomendamos consultar nuestra guía principal: Herencias Internacionales: Guía Completa.

Escrito por
Ángel Seisdedos
Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor
Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.

