Derechos del Heredero Menor de Edad: Tutela y Gestión de la Herencia
Los menores de edad pueden ser herederos, pero carecen de capacidad de obrar plena para aceptar o renunciar la herencia por sí mismos. Sus padres o tutores actúan como representantes legales, aunque con importantes limitaciones diseñadas para proteger los intereses del menor. En Leggado Abogado de Herencias, Ángel Seisdedos explica cómo funciona este proceso.
Representación legal del menor en la herencia
Los padres que ejercen la patria potestad representan al menor en todos los actos relacionados con la herencia: aceptación, inventario, partición y adjudicación. Sin embargo, para realizar actos de disposición sobre bienes del menor o para renunciar a una herencia, el artículo 166 del Código Civil exige autorización judicial previa. Esta exigencia busca evitar que los representantes legales perjudiquen al menor en beneficio propio.
Autorización judicial para aceptar o renunciar herencias
La aceptación de herencia a beneficio de inventario no requiere autorización judicial para los padres, ya que limita la responsabilidad del menor al valor de lo heredado. En cambio, la renuncia sí exige autorización del Juzgado de Primera Instancia, que valorará si la operación es beneficiosa para el menor. La solicitud debe acompañarse de inventario de la herencia y justificación de que la renuncia es conveniente (por ejemplo, cuando las deudas superan claramente al activo).
Gestión de los bienes heredados por el menor
Los padres administran los bienes del menor con la diligencia de un buen padre de familia, pero no pueden enajenarlos sin autorización judicial salvo en casos de necesidad o utilidad evidente. Los frutos e ingresos generados por los bienes del menor se destinan a su sustento y educación. Si los bienes heredados incluyen acciones, participaciones en empresas o inmuebles en alquiler, los padres deben rendir cuentas de su gestión al juez o al propio hijo cuando alcance la mayoría de edad.
El Impuesto sobre Sucesiones de los herederos menores
Los herederos menores de edad están sujetos al Impuesto sobre Sucesiones (Ley 29/1987), pero en muchas comunidades autónomas se aplican reducciones o bonificaciones específicas. Por ejemplo, en Madrid existe una bonificación del 99% para herencias entre padres e hijos, que beneficia también a los menores. El plazo de presentación es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis a petición de los representantes legales.
Conflicto de intereses entre padres e hijos herederos
Cuando padre/madre y hijo heredan conjuntamente del mismo causante (por ejemplo, cónyuge e hijos del difunto), puede surgir un conflicto de intereses en la partición. En este caso, el juzgado puede nombrar un defensor judicial que represente al menor en la partición para evitar que los intereses del progenitor superviviente primen sobre los del hijo. En Leggado Abogado de Herencias, Ángel Seisdedos gestiona estos casos con especial atención a la protección del menor.
Guía completa relacionada
Para una visión completa sobre este tema, te recomendamos consultar nuestra guía principal: Cómo Tramitar una Herencia en España: Guía Completa.

Escrito por
Ángel Seisdedos
Abogado especialista en herencias · Colegiado 15891 ICAS Sevilla · Contador-partidor
Dedicado en exclusiva a tramitar herencias en toda España. Habilitado como contador-partidor. He acompañado a cientos de familias con especial enfoque en la fiscalidad autonómica y la resolución de conflictos.

